Lo que se sabe sobre la aprobación del retiro de CTS hasta S/. 2400 [ENTREVISTA] - Diario El Jaguar - Noticias del Peru y el Mundo

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jueves, 26 de marzo de 2020

Lo que se sabe sobre la aprobación del retiro de CTS hasta S/. 2400 [ENTREVISTA]



Perú21 conversó con Miguel Rubio, abogado laboral y socio de EY Perú, quien nos precisó los puntos a tener en cuenta luego de la aprobación de esta iniciativa del gobierno.

Luego que el gobierno aprobara el retiro de la CTS hasta S/. 2400, es normal que a más de a uno nos surjan dudas al respecto. ¿Quiénes pueden acceder a este beneficio? ¿Puedo retirar menos de los S/. 2400 de mi cuenta de CTS? 

¿Desde cuándo podré hacer el retiro? Estas y muchas otras preguntas más han sido respondidas por Miguel Rubio Ayllón, abogado laboral y socio de EY Perú, consultora de servicios.

“Primero, se debe precisar que la CTS tiene como finalidad que el empleado pueda acceder y disponer de un dinero una vez que se encuentre en situación de desempleo para poder subsistir mientras está en la transición de un trabajo a otro. Es como un seguro de desempleo. La norma estipula que el titular de ese dinero solo puede acceder a él una vez que exceda las seis remuneraciones depositadas”, explica Rubio Ayllón.


El especialista aclaró que todo lo conversado deberá ser tomado como “supuesto”, pues “hasta que no se conozcan los alcances del decreto de urgencia que deberá autorizar los retiros, no habrá certeza de nada”.

“Se entiende que con esta iniciativa, el titular del dinero no debería tener que tener más de sus seis remuneraciones para poder acceder hasta el máximo de S/. 2400, como planteó el gobierno. Este tope debe aparecer en el decreto de urgencia como el máximo a retirar y sobre eso, el titular podrá retirar el monto deseado”, continuó.

LO QUE SE ESPERA

Rubio Ayllón indicó que hasta que no salga este decreto, se plantean ciertas dudas: “Como por ejemplo, quiénes podremos retirar este dinero, qué pasa si tengo 2400 soles o menos, cuánto podré retirar y cuánto deberé dejar en mi cuenta”.

En ese sentido, se le consultó qué puntos debería tener el decreto de urgencia para que este tipo de interrogantes queden resueltas: “Especificar si aquellos que tienen en su cuenta más de los 2400 soles tienen que acceder sólo a este monto o pueden optar por retirar montos parciales. Además, conocer si aquellos con este monto o montos menores podrán retirar dinero y cuánto”.

El abogado dejó en claro que en todo caso, suceda lo que suceda, solo será el titular de la cuenta el que pueda decidir cuánto retirar: “Las entidades bancarias ni los empleadores podrán tener control alguno sobre este tema”.







Texto e imagen Fuente: Peru21

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